derechos del paciente ocular en Perú

La visión es un derecho fundamental, y en Perú, el marco legal se ha fortalecido para garantizar que las personas con ceguera y baja visión gocen de plena inclusión y autonomía. Comprender las leyes y los mecanismos de protección no es solo una necesidad para el paciente oftalmológico, sino un imperativo para toda la sociedad y el sector salud.

Este contenido de alto valor se enfoca en las normativas pilares que, bajo el espíritu de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, buscan la igualdad de oportunidades y la no discriminación.

Glaucoma en Perú
¿Estás próximo a viajar a una ciudad con altura en Perú? Ten en cuenta que la altitud influye en tu presión ocular (PIO). (Foto: Glaucoma Lima Center)

La Ley 29973: el pilar de la protección integral

La Ley N° 29973, ley general de la persona con discapacidad, es el eje central de la protección legal en Perú. Esta ley consagra el derecho a la igualdad ante la ley y la no discriminación por motivos de discapacidad (Artículo 8), y es fundamental para los pacientes oculares, ya que la ceguera y la baja visión se clasifican como discapacidades sensoriales.

De manera específica, la Ley 29973 establece derechos cruciales para el paciente ocular:

  • Derecho a la accesibilidad (Artículo 15): Garantiza que las personas con discapacidad visual accedan, en igualdad de condiciones, al entorno físico, los medios de transporte, los servicios, la información y las comunicaciones. Esto incluye formatos accesibles como el Braille, macrotipos, audio, y entornos adaptados.
  • Derecho a la salud (Artículo 26): El Estado garantiza el acceso a prestaciones de salud integrales de calidad, incluida la rehabilitación. El Ministerio de Salud (MINSA), a través de documentos técnicos como el Plan de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera, ha establecido lineamientos para el diagnóstico precoz, tratamiento y rehabilitación visual.
  • No discriminación en seguros (Artículo 28): Prohíbe a las aseguradoras privadas de salud y de vida discriminar a las personas por motivo de discapacidad, asegurando el acceso a sus productos y servicios.

¿Cuál es el rol de CONADIS y la certificación de discapacidad visual?

Para ejercer plenamente los derechos establecidos en la ley, el paciente ocular con baja visión o ceguera debe obtener el Certificado de Discapacidad y la consecuente inscripción en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, gestionado por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).

Este proceso es vital, pues el carné de discapacidad (azul para moderada, amarillo para severa) permite acceder a beneficios tangibles como:

  • Acceso a programas sociales del Estado (Pensión no contributiva a través de CONTIGO para discapacidad severa en pobreza).
  • Tarifa preferencial en transporte público urbano e interurbano (con carné amarillo).
  • Ajustes razonables en el ámbito laboral y educativo.

El CONADIS es la entidad rectora en materia de discapacidad y sus plataformas ofrecen orientación sobre los pasos y beneficios específicos, asegurando el empoderamiento del paciente.

glaucoma cifras alarmantes
El MINSA confirma que más del 50% de pacientes con glaucoma en Perú no lo sabe. (Foto: Glaucoma Lima Center)

Leyes clave para la autonomía: bastón verde y acceso a la información

Dos normativas recientes han impactado directamente en la autonomía y calidad de vida de las personas con deficiencia visual en el Perú, demostrando un avance en el reconocimiento de sus entidades:

1. Reconocimiento del Bastón Verde (Normativa reciente)

Se ha promovido la norma que impulsa el uso del Bastón Verde como herramienta de visibilización y apoyo para las personas con baja visión (aquellos que tienen un resto visual utilizable, pero limitado). Esto es crucial para diferenciar esta condición de la ceguera total (que usa el bastón blanco) y asegurar que reciban las consideraciones adecuadas en la vía pública y servicios.

2. Acceso a obras en formatos accesibles (Ley y Convenio de Marrakech)

El Perú ha implementado normativas que facilitan el acceso a obras publicadas en formatos adaptados (Braille, audio, macrotipos). La gestión del INDECOPI permite que personas con discapacidad visual accedan a este material, combatiendo la inaccesibilidad que, según la Unión Mundial de Ciegos, afecta a más del 90% del material publicado a nivel global.

En resumen, el paciente ocular en Perú no solo cuenta con derechos básicos de salud, sino con un andamiaje legal que promueve su autonomía, inclusión social y acceso a la información, siendo la Ley 29973 la piedra angular para hacer valer estos derechos ante cualquier entidad pública o privada.

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